Orden de tramitación de urgencia de los procedimientos para la suspensión de funciones de los militares profesionales
En el Boletín Oficial del Estado se publica Orden DEF/419/2017, de 8 de mayo, por la que se establecen los supuestos para aplicar la tramitación de urgencia a los procedimientos para el pase a la situación administrativa de suspensión de funciones de los militares profesionales.
Esta Orden Ministerial tiene como finalidad establecer los supuestos en los que se considera necesario aplicar, a los procedimientos para el pase a la situación administrativa de suspensión de funciones, la tramitación de urgencia dispuesta en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo de aplicación al personal militar profesional al servicio de las Fuerzas Armadas que no tenga suspendida la condición militar.